Por: CARLOS ANDRÉS COTES M.
La "Asistencia Militar" es una figura legal establecida en el artículo 170 de la Ley 1801 de 2016, correspondiente al Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana. Se trata de un mecanismo de apoyo excepcional, mediante el cual las Fuerzas Militares pueden intervenir en asuntos de seguridad interna cuando la situación del orden público se ve gravemente alterada y supera las capacidades operativas de la Policía Nacional. Esta medida puede ser solicitada por los gobernadores o alcaldes municipales, previa evaluación de la necesidad real de reforzar la fuerza pública en su territorio.
En Colombia, la seguridad ciudadana y el mantenimiento del orden público son funciones primarias del Estado, siendo la Policía Nacional la autoridad encargada de manera ordinaria de su garantía. Sin embargo, existen contextos críticos donde la criminalidad, el terrorismo urbano, las amenazas a la institucionalidad o la gobernabilidad local obligan a un mayor despliegue de capacidades del Estado. Es ahí donde la asistencia militar se convierte en una herramienta legítima, temporal y proporcional.
La solicitud de asistencia militar debe estar contemplada y articulada en el Plan Integral de Seguridad y Convivencia Ciudadana (PISCC) de cada entidad territorial. Este instrumento de planeación recoge las estrategias de seguridad locales y debe prever, de ser necesario, la activación de esta medida. En caso de no estar contemplada en dicho plan, la asistencia puede ser gestionada por la Policía Nacional, mediante los consejos de seguridad o los comités de orden público, órganos de coordinación interinstitucional donde se evalúa la situación y se oficializa la petición.
Unidades especializadas como los Batallones de Policía Militar y las Compañías de Fuerzas Especiales Urbanas del Ejército Nacional son las encargadas de ejecutar esta asistencia, principalmente en contextos urbanos. No obstante, su intervención debe ir de la mano con las autoridades judiciales, especialmente cuando se trata de procedimientos de captura o judicialización, ya que la función investigativa y penal recae exclusivamente en la Policía Judicial, la Fiscalía General de la Nación y el aparato judicial.
Más allá del respaldo operativo, la asistencia militar también cumple un importante papel en el fortalecimiento de la percepción de seguridad ciudadana. La presencia visible del Ejército en zonas afectadas por el crimen organizado, las bandas armadas o el narcotráfico, envía un mensaje contundente de respaldo institucional a la ciudadanía. Su intervención, además de táctica, es simbólica: representa la recuperación del control estatal sobre el territorio.
La asistencia militar no es una militarización de un territorio determinado, ni pretende sustituir a la Policía, sino una herramienta complementaria en momentos extraordinarios. Usada con rigor, planeación y dentro del marco legal, representa una acción legítima del Estado para restablecer la convivencia, proteger la vida, los bienes y la tranquilidad de la comunidad en zonas donde la criminalidad ha desbordado la capacidad de respuesta tradicional.
#CarlosCotesMaya #seguridadciudadana #defensanacional #biografia #asistenciamilitar #seguridadpública
No hay comentarios.:
Publicar un comentario