jueves, 10 de julio de 2025

Consejos de Seguridad, herramienta vital de gestión territorial frente a la inseguridad


Por: CARLOS ANDRES COTES M.

En Colombia, los Consejos de Seguridad son una figura estratégica que, aunque no están plenamente reglamentados de forma específica por tipos, sí cuentan con base legal sólida en la Constitución, la Ley 62 de 1993, la Ley 1801 de 2016 y la Ley 418 de 1997 y el Decreto 2615 de 1991 que reorganizó los Consejos de Seguridad en Colombia. Gobernadores y alcaldes, como primeras autoridades de Policía en sus territorios, tienen la facultad de convocarlos para enfrentar amenazas a la seguridad y al orden público, adaptando su enfoque según el tipo de riesgo o sector impactado y objetivo específico.

El Consejo de Seguridad Ciudadana, se puede realizar de manera: (extraordinario, departamental, Regional, Metropolitano, Interdepartamental, Ministerial y Nacional) es el más común. Se activa ante delitos como homicidios, hurtos, extorsiones, asonadas, entre otros. Convoca a Policía, Fiscalía, Ejército, Procuraduría, Personería, Defensoría y autoridades, quienes coordinan medidas de control, investigación y prevención.

El Consejo de Seguridad Rural atiende problemáticas en zonas rurales como abigeato, minería ilegal, narcotráfico o presencia de grupos armados. Es vital en municipios con corregimientos dispersos. Lo integran Ejército, Policía, ICA, , autoridades locales y líderes campesinos.

El Consejo de Seguridad Ambiental responde a delitos contra los recursos naturales. Es convocado ante alertas de deforestación, tráfico de especies, o contaminación. Participan autoridades ambientales (CAR, Parques), Policía Ambiental, Fiscalía Ambiental y entes territoriales.

El Consejo de Seguridad Escolar protege entornos educativos frente a consumo de drogas, abuso, reclutamiento o violencia escolar, amenazas. Se implementa con instituciones educativas, Policía de Infancia, ICBF, secretarías de educación y padres de familia.

El Consejo de Seguridad para la Mujer se enfoca en violencias basadas en género, feminicidios o trata de personas. Convoca comisarías de familia, Fiscalía, Policía, Consejerías de Mujer y sociedad civil. Su activación es clave ante cifras preocupantes de violencia contra mujeres.

El Consejo de Seguridad con Comunidades y Juntas de Acción comunal, aborda amenazas a poblaciones étnicas, LGTBIQ+ o líderes sociales. Su enfoque diferencial permite articular medidas de protección específicas y culturalmente pertinentes.

El Consejo de Seguridad Empresarial protege sectores económicos ante extorsión, ciberataques o crimen organizado. Se convoca con gremios, DIAN, Ejército, Policía, Fiscalía y cámaras de comercio.

El Consejo de Seguridad Electoral (diferente a los comités de seguimiento electoral) se puede activar antes y durante procesos electorales. Busca prevenir delitos como trashumancia, amenaza a candidatos y electores,  coacción o violencia política. Lo conforman Registraduría, CNE, MOE, Fuerza Pública y partidos políticos.

El Consejo de Seguridad Carcelario revisa situaciones críticas en centros penitenciarios: motines, extorsión desde cárceles o fugas. Participan INPEC, Policía, Fiscalía y Ministerio de Justicia.

Desde las entidades territoriales, estos consejos deben responder a diagnósticos reales, estar sustentados en datos, y generar planes de acción articulados. Aunque su convocatoria es discrecional, su éxito depende del seguimiento a los compromisos, la voluntad política y la articulación interinstitucional. En tiempos de creciente inseguridad, los Consejos de Seguridad son más que reuniones: son el corazón operativo de la gestión pública territorial frente al delito.

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